El Mercurio publica carta de Providencia Participa sobre ordenanza de participación

El Mercurio publica carta de Providencia Participa sobre ordenanza de participación

ORDENANZA DE PARTICIPACIÓN DE PROVIDENCIA

Señor Director:

El sábado 14 de julio recién pasado, El Mercurio publicó, en su cuerpo C, que la Contraloría General de la República, a través del Dictamen N°16506 de fecha 29 de junio del 2018, había rechazado la ordenanza vigente de Participación y Convivencia de la Comuna de Providencia, aprobada por el Consejo Municipal en Sesión ordinaria N° 158 de fecha 13 de septiembre de 2016.

Al respeto, por los vecinos que trabajamos conjuntamente con las autoridades municipales de la época, queremos dejar en claro que tal Ordenanza NO ha sido rechazada ni declarada ilegal. Contraloría ha hecho observaciones técnicas únicamente en relación a cuatro mecanismos, de catorce que aquella contiene y ha confirmado la legalidad de todos sus principios fundantes.

A modo de ejemplo la CGR observa el mecanismo “consulta de ordenanzas”, previsto para que todas las Ordenanzas cuenten con algún grado de participación ciudadana, lo que constituye una herramienta útil e innovadora para conocer las necesidades comunales. Este mecanismo contemplado en la Ordenanza de Participación aprobada, no varía -como sostiene el dictamen- la facultad exclusiva de la Municipalidad para elaborar una ordenanza ni reemplaza la aprobación por el Concejo Municipal. Más aún la propia Contraloría no prohíbe la consulta y en su dictamen precisa “Lo anterior no obsta, en todo caso, a que si la autoridad, así lo dispone, se efectúen estas Consultas a la comunidad durante la tramitación de esas ordenanzas”. Así las cosas, debería bastar modificar, para señalar expresamente el carácter no vinculante de tales Consultas.

En ningún momento nuestro planteamiento fue estar fuera de la legalidad vigente, sino que las autoridades deban “tener en cuenta” lo expresado por la ciudadanía. No hay ninguna disposición en la Ordenanza de Participación que establezca el carácter jurídicamente vinculante de los resultados del ejercicio de los mecanismos contemplados.

Dado lo anterior solicitamos a nuestras autoridades edilicias que cualquier cambio que se haga a la actual Ordenanza se refiera sólo a las observaciones de la CGR, que no afectan el espíritu que motivó esta innovadora ordenanza, y considerando que la legalidad vigente otorga escasos espacios para la participación ciudadana.

Eliana Pizarro Guzmán
Juan Domingo Milos Hurtado

Coordinación General Providencia Pariticipa
Santiago, 20 de julio 2018

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