Estimada Sra. Evelyn Matthei,
El pasado 5 de abril, se dio a conocer por la prensa una serie de medidas –de parte de la Municipalidad de Providencia– que se tomarán con el fin de “erradicar la práctica” de la prostitución en aproximadamente 150 edificios particulares de la comuna de Providencia. A este respecto, usted se refirió al problema de la siguiente manera: “tenemos aproximadamente 150 edificios tomados por la prostitución aquí en Providencia. Vino gente a dar su testimonio, que ha comprado departamentos en un edificio bonito, y de pronto se dan cuenta de que están llenos de señoritas que reciben a clientes ahí, les tocan el timbre a las 3 AM por error. Muchas veces hay alcohol, drogas y gritos.” Me gustaría poder plantearle una serie de interrogantes que surgen a partir de esto.
La primera duda es: cuál es el fundamento jurídico que permite la persecución de las trabajadoras sexuales, dado que en Chile no existe norma legal alguna que prohíba el ejercicio de dicha práctica. Más aun, la prohibición que establece la legislación chilena está dirigida al proxenetismo y a la publicidad de la prostitución, no así al ejercicio mismo del trabajo sexual. Sin embargo, las medidas prohibitivas parecen estar más bien dirigidas a las y los trabajadores, que a aquellos aspectos que se encuentran efectivamente prohibidos por nuestra legislación. Si el plan carece de un fundamento jurídico suficiente para su aplicación, entonces pareciera ser que las medidas son discriminatorias y arbitrarias. Discriminatorias, pues están dirigidas a un grupo de personas por el mero hecho de practicar el trabajo sexual, que como vimos, no está prohibido en Chile. Arbitrarias, pues no existe disposición legal que permita la persecución del trabajo sexual en sí.
La segunda interrogante es que si bien no es posible negar que existen conflictos aledaños al ejercicio del trabajo sexual, entre los cuales usted menciona el consumo excesivo de alcohol y drogas, que en general permiten que este trabajo se realice en condiciones sumamente precarias, esta no sería la verdadera situación que la medida pretende combatir. A mayor abundamiento, el tráfico de drogas no es un problema que se encuentre exclusivamente dentro de dicho ámbito, de hecho, la presunción de que donde existe trabajo sexual existe también tráfico de drogas es profundamente prejuiciosa. En este sentido, me parece que es fundamental separar los conflictos con el fin de realizar un tratamiento adecuado para cada uno de ellos, pues estos son en su esencia distintos.
Incluso si aceptamos la premisa según la cual el tratamiento correcto de la prostitución debe ser su prohibición, la medida destinada a desalojar a las trabajadoras sexuales de los edificios mencionados solamente termina por trasladar la existencia de esta práctica a otros espacios. De manera que no constituiría una medida efectiva para el objetivo que estas mismas dicen perseguir. Por el contrario, muy posiblemente terminará por permitir que el trabajo sexual se de en condiciones aún más precarias.
Ahora bien, si la preocupación es efectivamente las condiciones en las que se ejerce el trabajo sexual, ¿no será la regulación de este la alternativa más adecuada para mejorar las condiciones de trabajo en las cuales se practica?
Saludos cordiales,
Laura Dragnic Tohá
Fuente: El Mostrador
N. del E. El Mostrador: Tras comunicarnos con el equipo de medios de la alcaldesa Evelyn Matthei y no obtener respuesta a la carta de Laura Dragnic, damos por concluido el debate.